lunes, 30-12-2024
La constitución de 2019. Cinco años después
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* Panel realizado en la sede de la revista Temas, el 25 de abril de 2024.
Panelistas:
Yan Guzmán Hernández. Jurista y profesor. Facultad de Derecho, Universidad de La Habana.
Llanisca Lugo González. Psicóloga. Centro Memorial Martin Luther King, Jr. Diputada a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
José Walter Mondelo García. Jurista y profesor. Universidad de Oriente.
Rafael Hernández. Politólogo. Director de la revista Temas.
Rafael Hernández: Todos recordamos que el debate, la consulta popular en relación con la Constitución provocó una verdadera ola de participación popular y de debate público, en relación con sus contenidos, durante 2018 y principios de 2019. La nueva Constitución fue aprobada por referendum en abril de ese último año, y desde entonces está vigente. Han pasado cinco años, y quisimos dedicar este Último Jueves a debatir esta temática, a considerar lo ocurrido en ese lapso y abordar algunos de sus aspectos fundamentales.
Para desarrollar esta conversación tenemos con nosotros un panel con personas vinculadas, de distinta manera, con esta cuestión. Por tratarse de la Ley Primera de la República, el enfoque será básicamente, aunque no solo, jurídico. Para ello tenemos a una psicóloga, Llanisca Lugo, que al mismo tiempo es diputada a la Asamblea Nacional del Poder Popular, por lo que conoce muy de cerca el proceso hasta la nueva Constitución. El panel lo completan dos juristas y profesores universitarios —Yan Guzmán y Walter Mondelo— ambos estudiosos del Derecho Constitucional.
Como es sabido, los panelistas, tanto los que están presentes como los que participan a distancia, lo hacen a título personal; siempre subrayamos eso, y en esa condición les agradecemos a los que hoy comparten con nosotros.
Empezamos por la primera pregunta: ¿Cuál es el balance de la nueva Constitución cinco años después? Vistas, digamos, a vuelo de pájaro, ¿en qué áreas se podrían distinguir sus principales resultados? ¿En el área de las reformas económicas, de las políticas sociales, de la gobernanza? ¿En cuáles ha tenido un mayor peso, cuantitativo o cualitativo, su aplicación? Le doy la palabra a Yan Guzmán, que fue quien propuso el tema, para que empiece a contestar estas preguntas.
Foto: Pedro Pablo Chaviano/Revista Temas.
Yan Guzmán Hernández: Sí, fue un tema que propusimos, porque pienso que de alguna manera permite calibrar el grado de interés que motiva. Justamente, vengo de una jornada, en la Universidad de La Habana, sobre los cinco años de la Constitución, y parece que no hay un gran espíritu de hacer un balance de su aplicación en ese período. Mi impresión es que no hay conciencia de lo que pueden significar cinco años para el balance de una ley. Incluso desde el punto de vista analítico, es un tiempo prudencial para realizarlo con todo el rigor que lleva. Obviamente, aquí trataremos de dar por lo menos algunas pinceladas. Otras universidades también lo han hecho, desde su perspectiva, y Último Jueves de Temas no podía quedarse atrás.
La pregunta es compleja, pero Rafael ha puesto dos órdenes que son importantes, que son básicos: el cuantitativo y el cualitativo. Soy de los que defienden que desde 1992 en Cuba ha ocurrido un proceso de transición democrático-institucional que de alguna manera busca una transformación de sus instituciones, y también del modo de entender la Constitución. Cuando uno revisa un grupo de instituciones, de categorías y de sistemas que están en juego no solo desde el punto de vista de la propia Constitución, sino también del quehacer político y del quehacer cotidiano de la sociedad, puede constatar un cambio, una transformación.
No obstante, desde el punto de vista de un balance cuantitativo en esta primera etapa, pienso que lo que podría verse es cuáles de los mandatos constitucionales directos se han cumplido. Aunque reconozco que es un tema discutido tanto desde el punto de vista teórico como práctico, para mí, técnicamente no se trata de una nueva Constitución sino de una reforma de la anterior, y como cualquier proceso de reforma, con el calado que tuvo la del 2019, hay un grupo de mandatos nuevos que se están cumpliendo, y en ese sentido positivo está la actividad que ha tenido la Asamblea Nacional en estos cinco años, que ha aprobado un grupo importante de leyes, entre las cuales destaca el Código de las Familias, y también un proceso que, hasta cierto punto, ha quedado invisibilizado para el ciudadano común, que es el de reforma procesal integral en Cuba.
Otras normativas que se han aprobado, y que por los medios y tal vez desde la percepción pública se destacan, son, por ejemplo, la Ley de protección de datos y otras normas, pero yo vuelvo a hacer el llamado a consenso del tema de la reforma procesal integral por la importancia que tiene para bienes y valores del individuo como son la libertad, la seguridad jurídica, el debido proceso, que tiene que ver con el derecho a enjuiciamiento justo que tienen las personas.
En ese sentido también hay resultados en el balance cualitativo. Estoy haciendo una síntesis porque no tengo tiempo para desarrollar esta idea, que tiene que ver con el proceso de constitucionalización del orden político, jurídico y social en Cuba. En mi concepto, el principal logro es hasta qué punto la Constitución ha penetrado en la forma de pensar y hacer del Estado, de sus instituciones, de sus funcionarios, en la sociedad, en sus estructuras, en los grupos y en las personas. Eso es un resultado importante, sobre todo para un país como el nuestro, para el cual la Constitución del 76 tenía deudas pendientes sobre el tema de la supremacía de la Constitución y de su aplicación directa.
Ahí también se ve la realización de sus instituciones, cómo alcanzar los propósitos que en algún momento tuvo un grupo de instituciones que son medulares, la aplicación directa de la Constitución, plexo axiológico del artículo 1, valores como la democracia, la libertad, el bienestar individual y colectivo, la igualdad, la no discriminación, en formas que no son las que se veían en la década de los 70 o los 80, y que hoy tienen una configuración nueva no solo en la Constitución, porque como dijera la profesora Marta Prieto, esta no se realiza sola; la realizan los decisores políticos, y también la sociedad, el individuo de a pie, y el resto de los implicados.
En este sentido, para resumir y no extenderme, digo que desde el punto de vista cuantitativo el balance es positivo, y no tanto desde lo cualitativo, yo diría que todavía falta un largo camino por recorrer y que en cinco años no hemos logrado todo lo que se hubiera podido si no fuera por las circunstancias adversas que se pueden analizar después en esta mesa.
Rafael Hernández: La segunda pregunta es qué limitaciones ha afrontado la aplicación de la Constitución, en qué áreas y por qué. La ha elegido Walter Mondelo para su primera intervención.
José Walter Mondelo García: Creo que debemos tener muy en cuenta que la Constitución de 2019 no aparece en el vacío, en el contexto de una cultura constitucional nacional aislada, de una determinada visión del Derecho, o de una cultura jurídica demasiado profunda; de modo que el proceso constitucionalista, como recordaba Rafael, popular, de propuestas, y de debates, en cierto modo hizo abrir el campo y comprender las dimensiones de lo que significaba la constitucionalización de un ordenamiento jurídico, político, social, cultural. Basta con recordar la recepción contrapuesta, tanto positiva como negativa, que tuvo la idea del matrimonio igualitario, y que llevó incluso a que fuera retirada del proyecto original de la Constitución la definición de matrimonio. Ello ya nos da una idea, una visión, de lo peliagudo que se volvió el tema, y que hasta como ley, como Código de las Familias, recibió un numero apreciable de votos en contra. Eso es lo primero.
La Constitución va a servir —no creo que lo haya logrado ni mucho menos— como escalón, como primer peldaño, para su objetivo primordial, que Yan recordaba: convertirse en la verdadera fuente superior, en la norma suprema del Derecho, en la garantía de la legitimidad y de la obligatoriedad de los mandatos normativos, que es un tema cultural además de propiamente jurídico; no incluye ni influye solamente a los juristas, sino que compete a toda la sociedad y a la educación que tengan las personas en este terreno. Entonces, para mí, el principal obstáculo que tiene la aplicación de la Constitución, y lo voy a decir de manera directa y brutal, son las mentalidades, tanto las de los funcionarios como las de la propia población. Siempre recuerdo una frase popular que nos indica. en muchos sentidos, lo que piensa el pueblo cubano del Derecho: «El que hizo la ley hizo la trampa», y eso, por supuesto, tiene raíces históricas muy profundas; nos remite a cuatrocientos años de colonia, a la visión del pueblo llano de que la ley siempre beneficia a los de arriba. Lo curioso es que sesenta y cinco años de Revolución no han cambiado sustancialmente esa manera de ver el Derecho; en cualquier parte que alguien diga esa frase, la gente va a decir o a pensar: «Es verdad, al final eso es lo que pasa». Y esto es un dato cultural muy relevante.
Por eso, para que una Constitución logre desenvolver sus potencialidades, toda la promesa contenida en su texto requiere, primero que todo, un compromiso con sus valores, con sus principios, con la aplicación de sus normas; y al mismo tiempo la convicción de que el Derecho empieza en la Constitución. Eso se dice muy rápido y muy fácil, pero es difícil de lograr, y remito al ejemplo de que a países que suelen ser considerados punteros en este terreno del constitucionalismo, como Alemania, Italia, Francia o los países escandinavos, entre otros, les tomó décadas el cambio de mentalidad acerca de que el derecho no comienza en la ley, sino en la Constitución, y de que por encima del nivel de las normas jurídicas de toda la vida, de los códigos, están los valores y los principios de la Constitución, que incluso cobran mayor importancia de cara a un conflicto social o jurídico, o que las propias normas. Creo que esa falta de cultura constitucional es lo que más ha lastrado la aplicación de la Constitución.
No quiero extenderme demasiado ni sonar demasiado profesoral, pero me parece que ese déficit constitucional, a cinco años de distancia, es lo que ha impedido, en una mayor medida, el desenvolvimiento de las promesas de la Constitución.
Rafael Hernández: No quiero enturbiar la fluidez y la transparencia del discurso jurídico en relación con el tema, ni complicar todavía las respuestas del panel con nuevas preguntas, entre otras cosas porque espero que el propio auditorio presente y a distancia lo haga también; de manera que voy a pasar directamente a la tercera pregunta, sobre la cual quiero escucharlos a los tres: ¿En qué medida la Constitución ha transformado el funcionamiento del sistema, que no es solo el de las mentalidades, ni la actitud hacia la ley nada más, sino la manera concreta y cotidiana en que las instituciones del sistema operan? Probablemente no es separable esto de la mentalidad, pero es otro plano de la cuestión. ¿La formulación y aplicación de las políticas ha cambiado la manera de construir lo político?, ¿se ha transformado la relación entre ellas? Esta reforma constitucional, que ha modificado la mayor parte del texto existente, y que además se ha formulado sobre la base de las necesidades de una transición, de la que hablaba inicialmente Yan, que no es solo la aplicación de políticas de reforma económica, sino algo mucho más profundo, en una circunstancia tan esencialmente diferente social y políticamente a la del año 76, ¿hasta qué punto está captando una nueva relación, si es que existe para ustedes, entre el Estado y la sociedad civil? Esa es la preguntica: ¿en qué medida la Constitución ha hecho que el sistema cambie en su funcionamiento, o ha recogido, por decirlo desde el otro lado, las demandas, las necesidades, las exigencias de modificar el funcionamiento del sistema?
Llanisca Lugo González: Este tema tiene diferentes maneras de abordarlo; creo que algo que decía Yan es muy cierto, que la letra es siempre la expresión de una correlación, pero no puede impactar toda la realidad, porque después ocurren determinadas cosas relacionadas con la legitimidad, las fuerzas que siguen en disputa, la historia de las instituciones, y la preparación de los que tienen que comprender y conversar sobre la letra del documento, porque aunque todo nuestro pueblo fue llamado a discutir la Constitución, incluso a enriquecerla, y fue un proceso de debate popular, no fue igualmente debatida en su cuerpo total; había elementos que tenían que ver más con los derechos básicos, que tuvieron más atención por nuestro pueblo que otros temas muy importantes, que fueron menos atendidos. Entonces, entendiendo que lo escrito nunca es suficiente y que es un marco, creo que la primera reflexión es que el concepto y el papel de una Constitución sí tuvo, y tiene hoy, un lugar distinto en nuestra sociedad, y eso es una primera transformación importante.
Yo recuerdo cuando los venezolanos, y después los ecuatorianos, hacían sus respectivas constituciones, desde Cuba mirábamos eso como procesos revolucionarios importantes para la región, porque colocaban el poder del pueblo y la comprensión de los desafíos políticos de estos países en el centro, como un espacio del debate de la política del momento, y no solo en su dimensión jurídica, normativa, sino como expresión de las fuerzas políticas.
Nuestra Constitución, de 2019, vino también a resumir, a hacer una síntesis de esas fuerzas; en ese sentido sí tiene un papel distinto a la anterior, aunque todavía tiene mucho que completarse y profundizarse.
En segundo lugar, en la dimensión jurídica de lo que se deriva de la Constitución también ha habido avances; no podemos desconocer las cuarenta y una leyes procesadas, el esfuerzo para que se aprueben más leyes que decretos, y que la Asamblea Nacional (ANPP), en su totalidad, sea la que discuta las leyes, y no sean los decretos los que condicionen y dirijan el país. Aunque todavía hay muchos decretos, creo que ese es otro camino, y habría que reflexionar un poquito sobre la cantidad de leyes importantes que se han aprobado recientemente aun cuando nos acercamos a ellas de diferentes maneras, y muchas no son discutidas todavía por el conjunto de toda la sociedad, aunque hay espacios virtuales para aportaciones a ellas, apenas son utilizados. Me parece importante su conocimiento público porque son leyes que van hacia una interesante visión de la política.
Debemos tener muchos más debates sobre estos temas: la Ley de revocación de los elegidos, la de comunicación, el Código de las Familias, la de soberanía y seguridad alimentaria —que para este país es fundamental, aun cuando está muy presente que tenemos la Ley, y no tenemos la producción de alimentos que el pueblo necesita—, la de políticas de atención integral a la juventud, la niñez y la adolescencia, la de salud, la de proceso penal. Hay un instrumento que exige la vinculación del diputado con el territorio por donde salió electo, que rinda cuentas en la asamblea municipal, y que esté permanentemente informado y actuante ante los problemas del municipio de sus electores. Pero también existe una ley de un sistema de atención a quejas y peticiones de los ciudadanos a su delegado y a la Asamblea; o sea, hay una serie de instrumentos, herramientas, normativas. Lo que ocurre es que cuando todo eso llega al territorio, donde se debe hacer cuerpo y tiempo real de la gente que lo debe operar —no solo los juristas, sino todos los sujetos y todas las instituciones que participan en la política—, lo que siente es que le caen arriba tareas y problemas, no herramientas, sino documentos que tienen que llenar, no recursos para hacerse más fuertes como poder del pueblo organizado. Por otra parte, esa misma gente siente que en un mismo territorio cae una metodología de trabajo comunitario integrado, que es para que el territorio sea más potente en su participación; cae un mecanismo de vinculación al diputado; una estrategia de desarrollo territorial; un plan para el adelanto de la mujer; una ley que tiene que cumplir en el mismo tiempo, con los mismos recursos, con los mismos ejecutores cansados, entonces cómo lo que se concibe en las leyes y otras normativas para que la participación política sea un derecho, que la sociedad se haga cargo de sus tensiones fundamentales, que el pueblo sea el protagonista, hay que evaluarlo también desde cómo se opera la política cotidiana por los sujetos que están a cargo de hacerla. Ahí la Constitución, que en el diseño de las políticas ha parido un curso bastante interesante en su aplicación, se traba por muchas cosas.
Una última cosa muy buena: todas estas leyes casi siempre han desarrollado una dimensión formativa y comunicacional que no hubo antes, creo que eso es novedoso. En la ANPP se dice: «hay que formar a la gente que va a encauzar esto; pero, además, hay que contarlo bien». No siempre termina ocurriendo esto en el camino; tenemos límites en esos terrenos. Reconocimos ya que la ciencia tiene que meterse y ya no se encamina casi nada sin que ella participe, pero cuando es ella la que viene a aterrizar sus asuntos, hay complejidades y limitaciones para que las instituciones realmente se integren, y terminan dándose cosas fracturadas, con carencias. Entonces, el asunto no es solamente orientar las políticas, aunque creo que ahí también hay límites y hay que discutirlo para superar déficits democráticos que todavía tiene nuestra sociedad—, pero en sentido de aplicación de las políticas quedan grandes franjas de posibilidades sobre las que debatir, y tienen que ver con esos desafíos que he compartido.
Yan Guzmán Hernández: La pregunta no deja de ser interesante y peliaguda, sobre todo porque en toda Constitución subyacen sistemas y subsistemas, y uno pudiera hacer una taxonomía de los subsistemas que están dentro de la cubana, y cuáles de ellos han tenido más o menos cambios.
Siempre hay dos sistemas, el político y el económico, que de alguna manera captan la atención en cualquier Constitución, y la relación entre Estado y sociedad civil, que pienso que es hasta matricial, es decir, en su estirpe liberal, nace como un instrumento de límite al poder desde la sociedad. El concepto de sociedad civil es de la politología, a partir del siglo xx, no asociado a los orígenes de la Constitución, pero hoy mismo es uno de los centros de atención de la Constitución.
En un ejercicio rápido, pienso que hay tres principios que están rigiendo en la actualidad, cada uno con intensidad diferente, los subsistemas presentes en la Constitución; algunos, a los que voy a hacer referencia, son la coordinación, la integración, y la contradicción. Creo que toda la armazón constitucional del texto de 2019 ha encauzado esas tres cuestiones o principios de funcionamiento entre los sistemas y los subsistemas. También está un nuevo sistema de gobierno, el ejercicio gobernativo, que en el texto del 76 quedó totalmente invisibilizado, haciendo que se confundiera, muchas veces, gobierno, Estado y administración. Hoy la Constitución es capaz de presentar a cada uno de esos actores bien identificados, lo que tiene, a los efectos de la responsabilidad política, una variable que nos hace falta manejar en clave constitucional. Ahora no todo es culpa del Estado; de alguna manera, uno sabe distinguir mínimamente qué cosa es responsabilidad de la administración propiamente dicha, o de la Asamblea Municipal en lo que a ella compete, o de otros actores. Por lo tanto, está claro que al sistema de gobierno la Constitución le hace un favor desde el punto de vista del funcionamiento, de la dinámica y de la individualización de la responsabilidad política y de la gestión de cada cual.
En cuanto al sistema económico, sabemos que, aunque la Constitución más bien cierra algo que ya venía sucediendo, sobre todo con la Ley de las cooperativas no agropecuarias, con la posterior Ley de las mipymes, se reconoce también la propiedad privada en ese sector, aunque sea con la dimensión social que la Constitución le da —que, por cierto, no es un invento cubano, sino de León Duguit, un teórico francés. El reconocimiento de la propiedad privada y de las formas de gestión no estatal en la Constitución genera una dinámica diferente en el sistema económico, de manera que debe propender a la integración como principio. Por supuesto, en todo proceso novedoso la contradicción está presente, sobre la base de que los intereses pueden, de algún modo, divergir.
Sobre la relación de la sociedad civil y el Estado, muchos piensan que la Constitución viene siendo, pudiera decir, como el auténtico cuerpo legal de un Estado; sin embargo, hay leyes que son importantes para darle vida a la Constitución: la Ley electoral, la de asociaciones, y determinadas leyes orgánicas, la Ley de manifestación, que de alguna manera también es de expresión, y otras, de las que hablaba Llanisca, que tienen que ver con las formas de participación, terminan de darle corporeidad a la Constitución. Muchas de esas leyes están pendientes de discusión y aprobación en la ANPP. Están en el cronograma legislativo, a corto y a mediano plazo, pero su demora limita el despliegue, al menos nominalmente, de la Constitución y de las relaciones entre la sociedad civil y el Estado.
También se divisan otras cuestiones de contradicción entre estas dos instancias, a las que el Estado, con los instrumentos y los dispositivos que tiene la Constitución, debe ser capaz de darles solución y de encauzar los intereses que se manejan en ello. No obstante, considero que, en general, sí hay una transformación del funcionamiento del Estado y los subsistemas que están presentes en ella.
José Walter Mondelo García: Esta pregunta ciertamente es, como decía Yan, bastante peliaguda de responder. Yo no me atrevería a decir que el funcionamiento del sistema ha cambiado, sino que está cambiando, y que el propio sistema proporciona los instrumentos, las herramientas y los cauces jurídicos para seguir haciéndolo, y lo haga dentro de un marco, como decía en la intervención anterior, de valores, de principios, de normas, y de institucionalidad jurídica. Creo que el detalle que más hay que tener en cuenta es que fue aprobado por el pueblo de Cuba; es decir, que estamos hablando del soberano, del sujeto político de quien parte esta Constitución, que podrá no ser perfecta, y podemos tener motivos más o menos legítimos de queja en cuanto a cualquier punto de su redacción, pero lo primero que considerar es que esa Carta Magna, es la voz del pueblo cubano, que no es, claro, una cosa homogénea, nunca lo ha sido y ahora lo es menos, y que esa Constitución tiene que ser el marco que ampare toda participación política, en el ejercicio de los derechos que ella otorga, sin violentar ni infligir ninguno de sus principios. En ese sentido, la Constitución abre el camino a una refundación jurídica del modelo socialista cubano, y creo que esa es su principal ambición y su finalidad más alta, que el pueblo cubano sea capaz de continuar en la labor de construir una sociedad sin explotación, que sea capaz de articular armoniosamente distintas perspectivas, que reconozca la función social de la propiedad privada, como recordaba Yan, pero que también juridifique la política, porque por razones históricas, de la coyuntura, o de la hostilidad exterior, de las hemos tenido que defendernos, la mentalidad de la solución política siempre ha ido por delante de la jurídica; o sea, siempre se ha priorizado lo político por sobre lo jurídico. No tengo que recordar que la propia carrera de Derecho sufrió, durante diez o quince años, una disminución enorme en cuanto al número de graduados, y que solamente a partir de 1976 es cuando se empieza a recuperar muy lentamente.
Me alegra que Yan haya recordado que en el año 92 tuvimos la reforma de mayor calado en el período revolucionario, que apuntó muchas de las cosas que se han plasmado, con un carácter un poco más definido, en esta Carta Magna de 2019, y que en mi opinión brinda el cauce jurídico para que todo lo que vayamos a alcanzar, lo que como pueblo, como sujeto colectivo de la política, podamos lograr en el futuro, esté contenido ahí; pero para eso necesitamos una cultura jurídica, constitucional, que haga que para identificar el derecho válido, las normas, las obligaciones como ciudadanos, a lo primero que miren las personas sea a la Constitución, y que cuando los jueces tengan delante los casos y los conflictos también sea lo primero que tengan en cuenta, y que los decisores políticos siempre la tengan en mente como marco axiológico, político, ideológico incluso, y cualquier decisión, sea en conformidad con la Constitución. En ese sentido, me parece absolutamente imprescindible y necesaria la cultura constitucional de los operadores jurídicos, de los decisores políticos y de los ciudadanos cubanos. Por eso no diría que el funcionamiento ha cambiado, diría que está en proceso de cambio.
Rafael Hernández: Ahora le voy a dar la palabra al soberano que tengo aquí delante y a través de la pantalla, pero antes quiero ponerme un poco en la posición del abogado diabólico.
Hace cinco años que se aprobó la Constitución; como es lógico, todo lo que se deriva de ella no se puede hacer realidad, legislativamente, en cinco años, y se demora todavía más políticamente, porque hasta que no la tengamos legislada no la vamos a tener como política, porque su referencia va a ser la Constitución, la ley, como han explicado todos los panelistas. Si eso es así, y si la corporeización, en palabras de Yan; y si la concreción en materia de una cultura política real, que no sea solo representación mental, sino comportamiento, práctica; si eso depende de la legislación, y si los ejemplos de corporeización son una ley electoral que recoja las demandas de participación democrática de la población, una Ley de asociaciones, que cree el marco dentro del cual se puedan constituir organizaciones de diferente índole y por donde se encaucen los intereses de grupos y de redes de la sociedad cubana, de lugares y de espacios; y donde, si el pueblo no está de acuerdo con una cosa, o si se desespera, o se exaspera, o pierde la paciencia, pueda salir a la calle a manifestarse; y que eso, como está recogido en el artículo 56 de la Constitución, sea legal —ahora es constitucional pero no es legal—; sin embargo, como aquí se ha hablado de la cuestión de lo político y de la adecuación de lo político a lo institucional, resulta que, sin ley, la gente ha salido a la calle; ¿entonces, eso es bueno o malo? Quiero decir, para el orden constitucional, para la cultura de la ley, ¿es bueno o es malo que se pueda llegar al punto en que la gente quiera salir a la calle? No con el propósito de producir acciones violentas, ni de destruir, ni de ser agresivo, sino de expresar malestar, y la reacción de las autoridades pueda ser correspondiente con eso. Todo eso ha ocurrido y puede ocurrir. Es un ejemplo mencionado por Yan y que me sirve para lo que quiero provocar en términos de pregunta; da lugar a que ni el pueblo ni las autoridades tienen un referente legal para actuar, dentro del cual puedan actuar en relación con eso; los dos lados están actuando políticamente sin que exista una ley, que ha sido programada desde antes de 2020 y no ha podido manifestarse. No busco con esto concentrar el debate en algo como esto; se trata de que hay cosas que son fundamentales, y otras que pueden esperar su concreción. ¿Cuáles son las fundamentales y cuáles las que pueden esperar?, ¿qué criterios podemos tener en relación con esto, que no sea el de la política vista como condición ciudadana, como lo que la gente piensa y con lo que la gente hace? Este es un comentario en relación con algunos de los aspectos de las muy interesantes y ricas intervenciones habidas hasta ahora.
Adelante el público.
Carlos Alzugaray: Del Consejo asesor de la revista Temas. Voy a hacer una pregunta sobre un tema que siempre me ha inquietado, que tiene que ver con el sistema electoral y el ejercicio del voto, que para mí es una de las expresiones más importantes de la participación política, aunque reconozco que esto es ideal, que ni siquiera en los sistemas más desarrollados se ejerce después de meditado, reflexionado; muchas veces se vota a la ligera. Yo pienso que el mejor sistema electoral es el que garantiza la elección directa, por el pueblo, de todos los cargos y, además, que sea competitiva, que no quiere decir multipartidista, son dos cosas distintas. En cierto sentido, las elecciones municipales en Cuba son competitivas porque tiene que haber al menos dos candidatos y no más de ocho, es decir, en ellas ya se reconoce esta idea.
En la Constitución del 76, la elección era indirecta, aun la de los diputados; en la del 92 se estableció la directa de los diputados; y pensé que era un paso que no se iba a quedar ahí, que iba a ser como una especie de proceso de educación política para eventualmente pasar a la elección directa de todos los cargos, porque eso requería de condiciones políticas; Creo que estas condiciones ya habían llegado en el año 2019, y que se debió dar el paso para pasar a la elección directa no solo de los diputados, sino hasta del presidente. Lo dije en las asambleas de consulta para la nueva Constitución. Comprendo que ese cambio puede requerir un proceso. En aquel momento también propuse que la elección de gobernadores y vicegobernadores fueran directas y competitivas, para eventualmente extenderlo a todo el proceso político, e ir aprendiendo que no es grave que uno vaya y no vote, que no vote por el presidente en funciones y que quiera cambiarlo; eso no es algo anormal ni tiene un significado contrarrevolucionario. Nada de lo que propuse fue aprobado. Entonces, quiero someter una pregunta a los panelistas: ¿es una idea que entra en contradicción con lo fundamental de la Constitución?, ¿Pudiera, dentro de la Constitución actual, pasarse a un proceso de elección directa, empezando por los gobernadores? Me llama la atención que en estos días se está convocando a elecciones para cambios de gobernadores y dice la Comisión Electoral que va a hacer una prueba dinámica. Yo quiero saber qué prueba dinámica es esa, cuando los que van a votar son las asambleas municipales.
Disamis Arcia: Del equipo editorial de Temas y profesora de la Facultad de Comunicación. Como el único proceso en el que he estado más involucrada directamente me conecta con algunas de las palabras que decía Llanisca, y que tienen que ver con quién es el sujeto que le da forma o que concreta las leyes, me voy a atrever a poner el ejemplo de las preocupaciones, las contradicciones y los desafíos que ha representado la Ley de Comunicación Social, que pueden ser una muestra de todo lo que está sucediendo con todos esos cambios que planteó la Constitución hace cinco años. Aquel fue un proceso de discusión en el que entraron en colisión visiones y percepciones gremiales, profesionales, académicas, que no han reconfigurado la práctica, pero sí la percepción y la comprensión de la práctica de la comunicación social en el país con todas sus aristas, y que nos lleva entonces, ahora que tenemos la ley aprobada —que no está publicada, por lo tanto todavía no es legal—, a llevar a la práctica o garantizar el cumplimiento de esa ley que exige una capacidad, unas formaciones y unas habilidades que ahora mismo la mayor parte de los profesionales de la comunicación en Cuba no tienen, sin hablar de los recursos. Las contradicciones que se expresaron en esas discusiones llevaron a que el proyecto de ley tuviera más de veinticinco versiones, que en parte se explican, porque entender la comunicación social con la complejidad con la que finalmente quedó elaborada la ley, era muy difícil poner de acuerdo a las personas. Y si eso pasó con la Ley de Comunicación, y algo similar, o más complejo, con el Código de las Familias, qué no puede estar sucediendo con el resto de los mecanismos y los marcos jurídicos que se han estado cambiando constantemente, en un período muy corto. Cinco años puede parecer mucho, y todos quieren que la ley de su área, o de su sector, se concrete y se apruebe enseguida. Mi pregunta tiene que ver eso: ¿Con qué sujeto contamos para cumplir con esas leyes que nos estamos dando como sociedad?
Raudilio Martín Sánchez: Miembro del Concejo asesor de Temas. En la Constitución que se aprobó en 2019, puedo decir que participé bastante. Recuerdo que en el Archivo histórico del Consejo de Estado, y ahí fue cuando me di cuenta que así no podíamos avanzar; había un núcleo duro que proponía las reformas, pero no la nueva Constitución, y todo lo que saliera de ese marco era crucificado. Yo hice la propuesta, que tuvo el apoyo de muchas personas, de que podíamos hacer la elección presidencial directa tomando como ejemplo el Colegio de los Ulemas, de Irán; ellos, de cien propuestas que hace todo el mundo toman cuatro o cinco candidatos y los someten a votación, y los votantes escogen uno entre esos cuatro o cinco candidatos. La propuesta sale de un mismo lugar, pero es el pueblo el que elige. La compañera que estaba presidiendo la asamblea me quería crucificar, tuve que ponerme duro, decir que era mi derecho exponer criterios y esas cosas, y que yo era fundador del Partido, y que yo era revolucionario, comunista, para que no hubiera problema.
Después, en la Universidad, se dieron cuatro o cinco sesiones de debate; allí, delante de algunas personas que estaban en el núcleo duro, hablé ligeramente de la Constitución, pero hice más hincapié en algo que considero fundamental para esta democracia imperfecta que tenemos, que es el poder popular. Cuando se concibió tuvo una etapa exitosa, pero en las nuevas circunstancias es una desgracia, y se está comprobando ahora. ¿Quién quiere ser delegado del Poder Popular? Hay que ir a la fuerza, no quiere nadie, porque el poder estructural de la política se sustenta en el delegado de base, la parte de la estructura que no tiene ningún poder, ni puede resolver nada. Entonces, para no extenderme más, creo que ya saben cómo pienso y qué propongo.
Silvia Martínez Calvo: La verdad es que es interesante el tema de la Constitución de Cuba. Da para innumerables cosas. Creo que todos los que vivimos en Cuba sabemos exactamente qué habla la gente de la Constitución, qué piensa, qué dice a viva voz o calladita, en las casas.
Hay una pregunta que quiero hacer al panel, ¿cuál es la dificultad para saber el argumento de los que dijeron que no estaban de acuerdo? Porque las personas tienen derecho a argumentar su oposición. Pueden estar equivocadas, pero se debe escuchar sus argumentos. Solo dicen los porcentajes, tanto porciento dijo sí, pero ¿qué dijeron los que, como parte de este pueblo, políticamente hablando, no están de acuerdo? Es probable que sus argumentos fueran razonadamente válidos, pero políticamente no aceptados; perfecto, ya lo entendí; pero no se sabe lo que dijeron. Esa es la pregunta que quiero hacer exactamente.
La segunda cosa es la forma. Este país está no tan institucionalizado como sectorizado, a mí me toca el sector de la salud; en él se le dio mucho destaque al trabajo intersectorial durante la COVID, porque participaron todos. Cuando la muerte se acerca, todos participan sin tener que llamarlos. Cuando la pandemia, este sector para acá, este otro para allá, la institución esta para acá, y aquella para allá; pero las instituciones no son abstracciones, son las personas quienes se mueven.
La diputada hablaba de la cantidad de leyes que se están haciendo, y a mí eso me ha llamado mucho la atención; cada vez que abría el periódico, hoy tal ley, mañana otra, y otra, y otra; es una retahíla de leyes, porque hay que cumplir lo que la Constitución dice, ya que no es válido hasta que no haya ley, pero eso no es una fábrica de chorizos. ¿cuál leo yo, cuál reviso, por cuál voto yo?
En relación con la salud, quiero comentar que, hace años, cuando cayó la dictadura militar brasileña, en las formaciones docentes se creó una maestría que se llamaba Abogacía de la salud, propuesta por la Universidad de Harvard a la Fundación Oswaldo Cruz (Fiocruz), que es un centro elevadísimo, para formar personal, dirigentes en salud que le trasmitirían a la población qué significaba la ley de salud en función del derecho a ella. Antes hablábamos de qué población participa, qué sector, qué hacen para decir: estoy apoyando a la Constitución, a la ley, qué les digo a las personas, esas que forman la institución.
Hoy mismo, todos los que vivimos en este lugar, sabemos lo que significa recibir un servicio de salud, y lo que está pasando con los pagos «por la izquierda», como se dice aquí. El otro día estaba mirando la reunión de balance del Ministerio de Salud Pública, y allí decían: «Va a haber que pensar un poco en esa situación que hay con los que están cobrando». ¿Y la Constitución, y la Ley de salud?
Busquen en la Ley de salud los deberes ciudadanos para la salud; búsquenlos, no están. Todos tenemos derechos, pero en este país, con la medicina centralizada y el centralismo médico, la persona cubana cree que su derecho es que cuando llegue al hospital lo atiendan, lo operen, que no lo pongan en la lista de espera que tiene el Hospital Pando Ferrer para la operación de cataratas. No, esa no debe existir, esa es la salud de la gente, y esa no es la salud desde el punto de vista institucional, constitucional y político.
Jesús García Brigos: Investigador jubilado del Instituto de Filosofía, desde hace un mes. Fui delegado durante casi treinta años, también de la Asamblea Provincial, y presidente fundador de los Consejos Populares en La Habana, y desde hace muchos años me mantengo vinculado al Poder Popular. Me agradó mucho el compañero que mencionó el papel del poder popular, pero no me extenderé en eso porque hay que ser breve. Aquí se ha abierto un espacio infinito de ideas interesantes sobre la Constitución, pero la primera limitación, a mi juicio, que ella ha tenido, no solo para su implementación sino para su propia concepción, para su propio diseño, es el tema conceptual.
Sin poder pedirle permiso al Che Guevara, me he atrevido a modificar una idea suya muy importante; él habló de las armas melladas del capitalismo, pero esas armas no son solamente las de la economía ni solamente las del capitalismo; hay muchas que están presentes en nuestra Constitución, algunas vienen desde antes, ya indirectamente, ya de forma directa, y algunas incluso han sido introducidas de manera inexplicable. Voy a mencionar solo una: aquí se introdujo como una gran novedad el concepto de Estado socialista de derecho; no sé hasta qué punto se conoce el origen de este concepto, y el papel que ha tenido en la historia. Recuerdo algo que me resultó muy llamativo: en un programa de televisión, Díaz-Canel se viró para unos compañeros que estaban alrededor de él y dijo (cito de memoria): «Me virado a veces para la gente para que me expliquen el concepto de Estado socialista de derecho y no he encontrado quien me lo explique». Al día siguiente en el periódico la transcripción de sus palabras en esa reunión, y esa parte no salió; pero me pareció muy sincera y muy oportuna la intervención del compañero Díaz-Canel.
Ese concepto, hasta donde este aficionado ha podido conocer, surge en 1909 entre los liberales rusos, desaparece después del discurso político durante la Revolución de Octubre, y reaparece de nuevo con la perestroika, y fue una puerta importantísima para todo el desastre que ocurrió en la Unión Soviética.
Señalo otra cuestión también interesante: los camaradas chinos, a los que tanto respetamos, y debemos respetar, porque tienen un pensamiento estratégico muy profundo, reconociendo los problemas que ha introducido ese concepto en la práctica política, no lo acuñan, lo apartan, insisten en una sociedad donde prevalezca la ley, pero no establecen el concepto.
Esto es en cuanto a lo conceptual. Pero me referiré también a otras cosas. En nuestra Constitución y en el discurso político se habla de pueblo y de ciudadano, no se hace distinción entre ellos; se habla de propiedad, pero sin definir qué entender por ella en el caso cubano; o sea, se habla de muchas cosas, y no hay definiciones rigurosas que permitan establecer referentes para un proceso de transformación socialista, y que podrían estar en la letra de la Constitución, en el preámbulo, por ejemplo, que es un espacio importante para ubicar todo lo que viene después, para explicar por qué separamos fundamento político de fundamento económico. Hablando de estas cosas, Raúl Castro demandó algo muy importante, el 28 de enero de 2012, en la Primera Conferencia del Partido; y nosotros hoy deberíamos preguntarnos en qué medida la Constitución del 19 satisface esta demanda objetiva que hacía Raúl: «Dejar atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar, con intencionalidad transformadora y mucha sensibilidad política, la visión hacia el presente y el futuro de la patria, sin abandonar ni por un instante el legado martiano y la doctrina del marxismo-leninismo, que constituyen el principal fundamento ideológico de nuestro proceso revolucionario». Esta sería la primera pregunta que yo me haría al hacer un análisis de la Constitución, que no se puede ver separada de otros documentos normativos que han ido saliendo en todo este proceso, como la propia conceptualización, que lamentablemente conceptualiza bastante poco, pero que también brinda elementos que son desatendidos posteriormente; por ejemplo, en ella se habla de un sistema empresarial que incluye cooperativas, empresas estatales, un sistema integral que debe estar articulado, etcétera; y ahora estamos empeñados en una Ley para la empresa estatal socialista.
Ahora sí me voy a referir al Poder Popular. Desde el año 92, la Constitución ha estado dando pasos atrás en cuanto al sistema del poder popular desde el punto de vista de la nominación; en ese año se dio uno importantísimo, que les quitó fuerza a los Consejos populares, que recién habían surgido, al tiempo que eran introducidos en la Constitución. Hasta el 92, eran miembros de los consejos populares representantes de las organizaciones de masa, de los territorios y de las entidades económicas más importantes; después de la discusión en la Asamblea Nacional se decidió cambiar la formulación y poner: pueden ser miembros —voy de nuevo a los conceptos—, a partir de una idea que se expresó en la ANPP: «vamos a dejarlo por ahora ahí porque nos hacen falta para movilizar». Así se dijo, está en el acta de la Asamblea Nacional.
La Constitución actual le dio aún más para atrás a esto del Consejo popular, ya ni siquiera dice que pueden ser miembros, sino que pueden ser invitados a las sesiones. Por último, la introducción de la figura de Presidente, la separación de la de Primer ministro, el traslado al presidente de atribuciones que antes correspondían al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros, o a otras instituciones; la eliminación de las asambleas provinciales —había que perfeccionar las asambleas provinciales, no eliminarlas— que, entre otras cosas, agudiza una debilidad del sistema: la representación laboral. Antes, lo laboral estaba representado bastante débilmente en la Asamblea Nacional; en las provinciales, a través de los delegados electos a partir de este origen; y en los consejos populares. Hoy, en la provincia ya no hay representación laboral; están los presidentes de los territorios, los intendentes, los vicepresidentes, con una característica que conceptual y prácticamente complejiza el asunto: estos compañeros fueron electos para la actividad de su municipio, pero ahora tienen que responder por la de la provincia, ¿cómo articulamos esto?
La Constitución pudo haber mejorado, pero no mejoró, la elaboración de la Ley de las asambleas municipales y de los consejos municipales. Este que está aquí ha discutido, discute y seguirá discutiendo hasta la saciedad, la importancia de otra idea de Raúl, dicha en 1974, en Matanzas, cuando insistía, entre otras cosas de la relación de Partido-Estado, en que a través del delegado de circunscripción los ciudadanos —y ahí se distinguía bien ciudadano y pueblo—, van a participar en todos los asuntos estatales. No había ningún problema, porque no se contradecía con la Constitución, en darnos una definición clara de qué debemos entender de esta ida de Raúl; no es solo recoger lo que hay en la realidad, sino darnos un referente, una visión de lo que queremos acerca del contenido y del lugar del delegado en el sistema. Pero el sistema del Poder Popular en la instancia del delegado lo hemos reducido al pan, al bache; lo convocan para reparar una calle, etc. ¿Cuántas veces en una reunión de rendición de cuentas se discute acerca de una ley? Porque tampoco hemos conceptualizado qué es una reunión de rendición de cuentas, ni hemos interiorizado que es el único espacio que el ciudadano tiene para participar de manera colectiva o individual en la dirección del Estado.
Miguel Hernández: Emprendedor y economista, desde Camagüey. Creo que la Constitución fue un paso de avance con respecto a la del 76; pero hay cuestiones que cuando se comparan con la de 1940 deja muchos vacíos, muchos asuntos que se dejaron fuera, y pienso que de parten las inquietudes que surgen en el pueblo, en los ciudadanos, con respecto a sus derechos sociales, civiles, políticos, y también económicos. Me referiré un poco más a los fundamentos económicos. Durante el debate popular sobre el proyecto de Constitución, hice la propuesta de que la cooperativa debía ser la forma de propiedad fundamental dentro de nuestra Constitución, porque a mi entender es la más social que existe. Ahora mismo tenemos la «propiedad de todo el pueblo», pero en las empresas estatales socialistas no dirige el pueblo, sino una persona que es designada por otra, no por sus trabajadores, y ahí se crea una contradicción en la gestión de la propiedad, desde la Constitución y en la gestión económica.
Otra de las cuestiones que deseo comentar es para abogar por la libertad que debe tener el ciudadano para crear su empresa, no por otras instituciones que, por discrecionalidad, pueden ir en contra de la esencia de los derechos que pueda tener cada ciudadano.
Una de las cosas que me llaman a la reflexión es el voto directo. Por ejemplo, recientemente se eligió un intendente en el municipio de Camagüey, y tiene en estos momentos proyectos de desarrollo local para evaluar; pero por su muy personal concepción de lo sucedido con el ministro de Economía, dice que no va a aprobar más proyectos. entonces viene una cuestión de analizar cómo las políticas públicas con gobernanza se construyen o no se han construido, y cómo los ciudadanos pueden hacer esa gestión de gobierno, en función de los resultados económicos, con todos y para el bien de todos, como dijo Martí.
Augusto César Vega: Economista. Quiero, nada más, dejar fijadas dos coordenadas para que en torno a ellas razone el panel; una: Constitución de 2019, la otra, participación popular, su evolución en los momentos actuales.
Rafael Hernández: Les devuelvo la palabra a los panelistas, y les recuerdo que quedan más preguntas.
Yan Guzmán Hernández: Sin pretender ser académico, tengo aquí una nota que dice que la Constitución tiene que ser tan técnica que se aplique bien y tan popular que se cumpla mejor; y si bien igualmente es cosa de todos, yo mismo hace tres días hablaba con un magistrado del Supremo, un colega, y yo decía que una cosa es hablar de la Constitución y otra cosa es hablar como constituyente. Son dos cosas diferentes, y aquí hay un grupo de cuestiones que no se pueden violentar, porque estaríamos en otro terreno.
Voy a empezar con la reflexión provocativa de Rafael sobre el derecho a la manifestación, y con otras cuestiones que voy a tratar de explicar de la manera más básica. En primer lugar, la Constitución es una ley, es una norma jurídica autoaplicable; en ese sentido, no le hace falta depender de otras leyes para tener eficacia y hacer valer lo que se conoce técnicamente como su normatividad, que es la capacidad de obligar a todos a cumplirla. Por lo tanto, pienso que los eventos de Santiago de Cuba, e incluso la reacción de las autoridades, empezando por el presidente de la República y primer secretario del Partido, fue saludable, como lo es tener una ley de manifestación, porque ordena y reglamenta, y de alguna manera también contiene la efervescencia y los deseos. Pero eso no significa que hay que esperar por una ley para que las personas se expresen y se manifieste su disentir en los cauces que establece la Constitución, que aparecen en los artículos 56 y 45; otros pueden tener cláusulas abiertas de interpretación, suficientes para ordenar en sus contornos básicos el tema de la manifestación. Una ley sería perfecta, porque va a decir la hora, y a lo mejor que las avenidas principales no pueden ser ocupadas; o sea, va a definir un grupo de cosas más reglamentadas, incluso las que impiden traspasar los límites que la propia Constitución ofrece.
Por otra parte, la Constitución no es el mago de Oz, porque hay un imaginario popular, tal vez desde la propia desconstitucionalización social, que supone que todas las culpas son de la Constitución, que ella tiene que regularlo todo. La Constitución da definiciones, pero no tiene que definirlo todo; desde el punto de vista ordenador, una Carta Magna se hace apoyar de una vida constitucional, que es la de los tribunales; en el mundo entero, los jueces tienen una gran función y una gran responsabilidad con la Constitución porque es lo que da dinamismo, vida jurídica a lo que está plasmado en ella, que para algunas personas puede ser muy claro y muy plástico, pero para otras no; incluso no lo es naturalmente porque son cuestiones técnicas; por lo tanto, el juez, que en Cuba está llamado, ya sea con el Código de los procesos, o con la Ley de los tribunales populares, o con la del proceso administrativo, a darle ese dinamismo a la Constitución, porque esta es autoaplicable y contiene normas, pero la vida es mucho más rica que la imaginación; el deseo del constituyente puede quedar en la letra, pero a la hora de aplicarla empieza un grupo de aspectos de interpretación y otras cuestiones y tensiones que el juez o el tribunal tiene que resolver. La vida judicial de una Constitución es sumamente importante.
Sobre el tema de la elección directa. Comparto lo que dice Alzugaray. Yo también pensé que iba a haber una progresión a partir del 92, con la elección directa de los diputados; obviamente, cada sistema electoral tiene sus particularidades, pero pienso que hubiese sido un paso importante la elección directa del gobernador y del intendente, sobre todo de este último, porque está acoplado a lo que se quiere del municipio, que es una de las deudas de los procesos que está afrontando la propia reforma constitucional y que no se puede dejar de mencionar.
Hay tres conceptos que tampoco se entienden por todos: proceso, sistema y método. Toda reforma constitucional tiene que moverse en esas tres dimensiones, como un proceso continuado que no va a estar lejos de mediaciones, de tensiones, de contradicciones. La gente piensa que una Constitución, o una reforma, es una longaniza que sale tal cual está planteada; no es así. Aquí hay politólogos, sociólogos, psicólogos que saben que eso no es tal cual. No se trata de que la Constitución no tenga una realización pacífica en cada una de sus instituciones, pero obviamente también hay intereses que median en ello y en su definición final.
El sujeto social es hoy un sujeto diferente, es un sujeto fragmentado, desmovilizado; por lo tanto, la concreción de las políticas públicas y de la actividad legislativa del Estado tiene ese elemento en contra, además de los matices económicos y otras cuestiones que todos conocemos.
Acerca de cuál fue el argumento de los que no estaban de acuerdo, en todo proceso político las personas que están en desacuerdo tienen un argumento, aunque pueden no tener ninguno; de todas maneras, una cosa son los procesos de consulta popular y otra los de referendo. En este último, se cuantifican votos y no se miden preferencias, es decir, estas no se cualifican ni tampoco sus intensidades; en las consultas se puede, de alguna manera, dar a conocer cuáles fueron los criterios importantes. Creo que si bien no se dieron a conocer todos los argumentos sí se hicieron públicas algunas de las posiciones contrarias, incluso en la prensa se transparentó algunas visiones diferentes, como la que puede haber dicho el economista o el de la mipymes sobre algunas cuestiones que no se trajeron de la Constitución del 40. Sin dudas, ese texto tenía definiciones avanzadas no solo para Cuba sino incluso para el mundo, de cara al constitucionalismo social, pero estamos en 2024, no en 1940; estamos en un Estado socialista, no en uno liberal como el de 1940; la realidad es totalmente diferente, sin prejuicio de algunos referentes, porque dentro del proceso de transición constitucional está también buscar las raíces y los orígenes de un grupo de instituciones.
Llanisca Lugo González: Con este necesario encuadre de Yan se me hace mucho más fácil hablar de lo que quería decir. Hay que partir de algo, y es que esta Constitución no se monta en un cuerpo social con mentalidad vieja, como a veces se dice: «Hay que cambiar la mentalidad», como si fuéramos un cuerpo homogéneo, viejo y cansado, que ahora va, homogéneamente, a transitar hacia un cuerpo moderno, menos cansado. Eso no se da en los procesos sociales; hoy, nuestra sociedad es muy diversa ideológica y culturalmente, y en ese escenario se inserta esta Constitución; de manera que cada quien tendrá una lectura política y una opinión distinta de sus alcances. En ese sentido, los cubanos no somos tan únicos como a veces creemos; la crisis de la política del tiempo que vivimos nos toca no solo por los sesenta y seis años de una revolución distinta, o por un socialismo bloqueado; hay una enorme crisis de representación y de mediaciones políticas a nivel global, y eso también nos cae a nosotros. La gente quiere hacer política directa e individualmente, da lo mismo si es en TikTok o en YouTube con un video, o si es por medio del voto, aunque este no signifique mucho más allá en su vida, por lo menos se siente protagonista durante cinco minutos.
Estoy convencida de que la participación directa tiene más potencialidades y más fuerza que una mediada. Acabo de estar al tanto de un proceso en Venezuela donde la gente fue a votar en los consejos comunales sobre los proyectos que iban a gestionar, con apoyo del gobierno. Ese ejercicio del voto que expresa la participación directa es importante en la política, pero nosotros tendríamos que hacernos la pregunta de por qué hay pueblos con más anomia social y más desconectados de la política y el ejercicio cotidiano de ella le otorga al voto electoral el atributo de consagración democrática, cuando en realidad hay montones de espacios en los que ya la gente no cree. Creo que eso tiene mucho que ver con el sujeto social. ¿Qué sujeto es el del Poder Popular en Cuba?; como decía el compañero Jesús, ¿qué sujeto es hoy? Yo trato de estar cerca de Boyeros, que es el municipio por el que soy diputada, aunque uno nunca hace, en el momento en que está el país, todo lo que debe, con la calidad que debe. Esa crítica del ejercicio hay que hacérsela cotidianamente, yo trato de no faltar a una asamblea municipal o de los Consejos, y entender quién es el sujeto allí, y veo que la mayoría de la gente que se hace cargo de las discusiones y las dificultades de las comunidades tiene más problemas que la propia gente a la que está acompañando. El tiempo que asumen para el ejercicio de su mandato es un tiempo dedicado, como también decía Jesús, no solo a su labor como delegado, ni al ejercicio de un proyecto, sino a problemas de sobrevivencia y a carencias fundamentales de sus electores. La gente para lo que acude a él o lo que plantea en las asambleas del Poder Popular tiene que ver sobre todo con que en la farmacia no haya venta de medicamentos por la izquierda, que la guagua pase a la hora que debe pasar, que en la panadería no se roben la harina. Eso es político también, pero se aleja de las coordenadas fundamentales de un proyecto. El delegado es un sujeto que no está ajeno a la erosión de este tiempo, al cansancio de la población, a la que siempre se le pide que haga un poquito más. Aquella advertencia de Fidel de que la Revolución la podemos destruir por nosotros mismos me hace pensar últimamente en el sujeto en el que Fidel estaría pensando: quién es, dónde está y qué está haciendo, porque uno siempre cree que el error está fuera de uno, o sea, en los que hacen lo que uno no haría, en lo que uno no está metido.
En ese sentido, la participación directa de la política tiene que ver con algo que Rafael provocaba, con la expresión del consenso y del disenso, o sea, nosotros también tenemos que tener un poco de cuidado con empezar a naturalizar como un derecho, que lo es, la expresión del disenso que se administra y se gestiona en la calma de la democracia liberal; yo te escucho, tú me escuchas, y qué bueno, viniste a la calle, ¿viste?, también aquí… y seguimos en eso, que no nos va a llevar a profundizar la Revolución, o sea, cómo se disiente, cómo la gente se manifiesta con impacto real, cómo la gente aprende a hacer la política. Para eso es que la calle es importante en Cuba y en cualquier parte del mundo; no podemos creer que en la imagen de la gente en la calle ya está, en sí mismo, el salto a la participación democrática y popular que profundice a la Revolución.
Entonces, estoy diciendo que la movilización popular es importante, pero tiene que acumular tejido en política, tiene que acumular aprendizajes para la expresión directa del consenso y del disenso también en Cuba, con esas coordenadas.
Lo otro que quiero decir es que en esta separación, de la que Yan hablaba, de la administración y el gobierno, empieza a pasar algo que puede ser natural; es un proceso, como dice Yan también, que al separarnos sea necesario construirnos identidades alternas, y en la construcción de las identidades diferentes hay una trampa en ponernos como opuestos, y empieza a pasar que la gestión del gobierno y del Poder Popular afronta a la administración como responsable de los males del territorio, y aparecen como uno frente al otro en el hecho de la política. Tenemos que aprender también cómo se da la confrontación política y el papel del conflicto en el socialismo; ni caricaturizarlo ni creernos que por oponernos en una dramaturgia sin impacto real, eso no es revolucionario y tampoco nos lleva al ejercicio profundo del poder popular, aunque es importante, como un paso, que el delegado sepa que su tarea es exigir a la administración, es parte de su mandato que rinda cuentas ante la gestión.
Estoy de acuerdo en que el vínculo que tienen las asambleas municipales con las leyes que el Parlamento va a aprobar es insuficiente. No se discute previamente en las Asambleas municipales la agenda de la Asamblea Nacional; tampoco los diputados tienen, desde el proceso de confección de la ley, acceso al proyecto; o sea, se encuentran con él una vez que ya ha sido muy debatido, y que las versiones ya han sido encaminadas.
Creo que hay que hacer una reflexión, que tiene que ver con que aun cuando los diputados no sean expertos en los tecnicismos que toda ley necesita, el diputado debe participar en varias etapas del proceso, darles seguimiento a las contradicciones que emanen de este, y no llegar a un cuerpo casi terminado, un proyecto de ley seguramente superado por montones de tensiones que el gremio resolvió internamente, o que expertos resolvieron según su especialidad; porque, como decía alguien aquí, es un país sectorializado ciertamente, donde cada gremio cree que conoce todo sobre lo que trabaja y que otros casi no tienen derecho a opinar sobre eso; no solo les pasa a los economistas, que son los más acusados, también les pasa a los compañeros juristas, y a otros sectores; y esto no nos ayuda a pensarnos como proyecto de país, yo creo que el ejercicio de todo el que representa a la ciudadanía en asamblea, en el acceso a las leyes en todo su proceso, también aseguraría mayor participación de la gente, del pueblo, y una sociedad más integrada.
Por último, solo una referencia a la «retahíla» de leyes. Yo siento lo mismo, que me caen encima una retahíla de leyes a las que no les puedo dar seguimiento, y no quisiera que llegáramos a ser una sociedad en la que para ejercer un derecho tengamos que hacer una referencia a una normativa, «Como dice tal ley, entonces…». Nuestra sociedad no se construyó así, sino con sentidos éticos y políticos de justicia que eran compartidos por el pueblo; las leyes son importantísimas para regular eso, pero no pueden ser ahora quien oriente cualquier actuación. Alguien puede pensar: si no conozco la ley no puedo actuar, o si no me acuerdo de aquel inciso no puedo hablar. No me parece que tengamos que llegar a una sociedad más que regida, dominada por ese espíritu jurídico que no nos lleva a entendernos realmente como sociedad.
José Walter Mondelo García: Estoy totalmente de acuerdo con lo que dijo Alzugaray, yo también lo propuse, la elección del intendente, del gobernador, y del presidente por el voto popular directo; me parecía el resultado lógico de la evolución del sistema político cubano desde el 92 hacia acá; lamentablemente, esa no fue la decisión, y creo que es una deuda y un déficit democrático que tiene el sistema político cubano, y que ahora mismo está chirriando con el sistema jurídico; hay fricción, porque el diseño de la Constitución, el estado de derecho y el de la democracia socialista están por delante de esa imposibilidad que tiene el ciudadano cubano de ejercer su voluntad política de elegir a sus gobernantes, y de revocarlos llegado el caso. Siempre recuerdo cómo Hugo Chávez logró, con su prédica incesante, introducir en la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en 1999, primero la elección directa y luego el revocatorio para todas las autoridades elegidas por el pueblo; y ahí, la verdad, nos hemos quedado un poquito atrás.
La cuestión del disenso y el derecho a discrepar e incluso a manifestarse cuando no se encuentre otros cauces institucionales, me parece crucial, y lo está demostrando mucho, no lo que diga yo, o Yan, o Llanisca; lo está demostrando la calle; o sea, las personas, cuando sienten que su circunstancia vital ha escapado a su control y que resulta realmente duro el entorno y la problemática a la que se enfrentan, van a salir a las calles. Esto es democrático, y lo ha sido desde la antigüedad, desde las primeras experiencias democráticas. Aun cuando podamos señalar desde esta altura, más de dos mil años después, que dejó fuera a las mujeres y a los esclavos, el demos siempre fue el pueblo en la calle, y lo fue en la Revolución francesa, y en la Revolución inglesa, y en la Revolución rusa, ¿porque qué cosa fueron los soviets?, los trabajadores, los soldados, los obreros y los campesinos, auto organizándose y ejerciendo prácticas democráticas para destruir un régimen tan brutalmente opresivo y despótico como el zarista. Eso, además, está en el socialismo originario, viene de Marx, de Engels, y de los anarquistas; estuvo en la tradición socialista del siglo xix, y está incluso en Lenin. Esto me lleva a la intervención del compañero sobre que la principal forma de propiedad en Cuba debería ser la cooperativa. Estoy completamente de acuerdo, la cooperativa es de hecho la máxima expresión de una propiedad social, colectiva, y el ejercicio de los derechos, como dueño, de cada propietario en una cooperativa es lo que le da, digamos, la convicción de que es socialista, de que es él y sus compañeros trabajadores los que dirigen la fábrica, los que establecen los horarios de trabajo, los que deciden cómo se reparten los recursos, etc. Estoy diciéndolo de una manera muy breve y muy sintética, y a lo mejor hasta mal dicho, por la cuestión del tiempo, pero creo que la propiedad cooperativa es una deuda pendiente no solo en Cuba, sino en todos los modelos del socialismo real, que dejaron de lado la cooperativa y pagaron un precio muy alto por eso, y el rescate del cooperativismo, de una visión de la economía no estatizada, me parece vital. Como jurista lo digo, desde la distancia que da el no ser economista y no tener conocimientos especializados en la materia, me parece que el cooperativismo es una escuela de socialismo.
Y en cuanto a si la Constitución como norma jurídica, la supremacía y normatividad que tiene, obviamente eso no depende de la propia Constitución; o sea, las leyes no son autorreferenciales, no se aplican a sí mismas; son, digámoslo de manera quizás un poco simplificada, códigos que tienen que ser puestos en práctica, son instrucciones para la práctica; pero quienes lo ponen en práctica son seres humanos; ese fue un debate tremendo que tuvo Hans Kelsen con Ulrich Klug, dos de los principales teóricos del Derecho, del siglo xx. Klug pensaba que llegaría el momento en que el Derecho sería aplicado por máquinas, y Kelsen se negó rotundamente siquiera a pensar en esa posibilidad, por una sola razón, porque el Derecho necesita el conocimiento humano; hasta las máquinas, que supuestamente deberían resolver los casos, serían programadas por humanos, y estos les introducirían sus propios sesgos cognitivos. Lo que está pasando con la inteligencia artificial ahora, reproduce los mismos sesgos cognitivos de la información que recibe. Entonces, en ese sentido, volvemos al punto que ya traté: la Constitución no va a ser la norma suprema, ni va a tener obligatoriedad ni aplicabilidad directas, hasta que los jueces, los funcionarios y en general la ciudadanía, la vean de esa manera, como norma jurídica directamente aplicable, y sean capaces, aun en ausencia de una ley específica que regule el tema de su conflicto, de reclamar el cumplimiento de la Constitución. Me parece que sin eso no tendremos constitucionalidad.
Rafael Hernández: Mi última pregunta es qué se debería priorizar en la aplicación de la Constitución. Hoy yo estaba leyendo la lista de lo que está programado discutirse en la ANPP como legislación, y vi que había una ley sobre el uso de las videocámaras.
Hay un espacio para la aplicación de la política de reformas que se llama el municipio; hay una parte enorme de la Constitución, de una importancia incalculable, y de la cual se ha hablado aquí, que es el poder real del poder municipal, y en qué medida la Constitución está recogiendo ese objetivo. Se ha producido más legislación e incluso más debate público acerca del sector privado y sus empresas, que acerca del municipio. No hay una ley de municipio, por ejemplo. Nada más que porque la Constitución habla extensamente del municipio y sus atribuciones, ¿no tendría que ser la ley de municipios una prioridad en la programación legislativa cubana? Esa es mi pregunta para los panelistas.
Yan Guzmán Hernández: ¿Qué priorizar? Lo primero que pienso es que como fueron décadas de una Constitución que no tenía las funcionalidades de esta, eso está cobrando factura. No voy a referirme únicamente a temas, sino a contenidos; En mi criterio, hay dos procesos que son importantes para ir un poquito alante; primero, la judicialización de la Constitución, y segundo, algo que está mal dicho: la culturización de la Constitución, cultura política, cultura ciudadana, cultura de actuación; para mí son dos, puede haber cuatro, seis, a lo mejor estos dos no son los más importantes, pero tienen que acompañar para que sean después la identificación de esas áreas estratégicas y que tengan alguna eficacia; obviamente, municipio y poder local, artículo 200 de la Constitución, que tiene un rosario de mecanismos de participación que parecen bellos adornos en una vitrina de porcelana, y que de alguna manera empodera al ciudadano. Lo que pasa es que ahí empieza un proceso que han venido hablando Disamis y Llanisca, y que también ha hablado Walter, sí está la institución, está el mecanismo; también son procesos que chocan con el sujeto que 1) no lo conoce, 2) el que lo conoce no sabe cómo movilizar, 3) la satanización de la participación en determinados espacios. Aquí habría que hacer una prueba de laboratorio, tocar una puerta y decir: «Vamos a reunir quinientas firmas —eso es una manzana de cualquier barrio— para motivar un criterio de interpretación de la Asamblea Nacional sobre determinada ley». Cuando el de la encuesta vaya por la quinta casa a lo mejor hay alguien que, por ignorancia, le toque en el hombro y le diga: «¿Y a usted quién lo autorizó?». La respuesta debiera ser: «La Constitución». Ya después no sabría qué pasaría.
El tema del municipio y el espacio local es fundamental; los mecanismos dentro de la participación, que imagino que Llanisca va a hacer referencia; el verdadero control popular y el verdadero control social, que no es lo mismo, y se ha venido confundiendo justamente por un modelo de Estado, que tampoco es el mismo. Una cosa es el control popular y otra el control social, con todas las instancias y mecanismos que también les da la Constitución y la ley, lamentablemente fragmentados. A lo mejor debiera haber una ley de participación que permita al ciudadano representarse todo el abanico que pudiera tener. No la hay, habrá que buscar instancias para hacerlas conocer.
Llanisca Lugo González: Creo que hay que empezar con tres criterios: terminar lo que se ha empezado, y en el caso de lo que está aprobado significa hacer cumplir, educar más sobre el caso. Hay un documento que se llama «Líneas y acciones para el perfeccionamiento del sistema del Poder Popular», que es resultado de una reunión, en 2020, de Díaz-Canel con todos los presidentes de las Asambleas municipales del Poder Popular del país. En él está clarito, clarito, cómo hay que incrementar el control sobre las políticas, pero también sobre el cronograma legislativo, cómo hay que acercar el diputado al territorio, cómo hay que acercar la agenda pública a la de la Asamblea; líneas claras que están acordadas, y que después en el entramado de fuerzas y mareas, se va repitiendo aquí, diciendo menos allá, y no se termina de emplear a fondo lo que está acordado. Todo eso tenía una estrategia de comunicación, un trabajo, en fin, terminar lo que ha sido acordado o enrumbado, que también tiene que ver con las directivas del VIII Congreso del Partido. Hay que estudiar los documentos que están ya en pauta, y hacerlos cumplir.
Los otros dos criterios, para organizar un poco las prioridades, tienen que ver con qué ayuda a generar más consenso para avanzar, y qué ayuda más a la disputa ideológica de la que tenemos que hacernos cargo. En ese sentido, los temas sociales que la Constitución tendría que enfrentar, relacionados con la Ley de asistencia social, con la vivienda, temas que son dolores sociales grandes que crecen con las desigualdades, tendrían que ser de urgencia, porque si algo hoy se discute como agenda en el pueblo tiene que ver con eso, con que hay franjas crecientes de pobreza y desigualdad en Cuba. Eso no se puede desatender ni puede posponerse para discutir otros asuntos. Habría que colocar eso como una agenda de prioridad en términos legislativos; discutir el tema de la ciudadanía y la emigración en un país que tanta gente joven se ha ido, se tiene que discutir esto como parte esencial de la discusión de un proyecto, no se puede poner al margen, no puede ser un asunto menor. Habría que discutir el tema del municipio, hay caminos largos; los invito a leer un librito que he publicado, se llama El municipio que queremos, y hace poco, en una discusión en Candelaria, con la intendenta, se abrió el debate y se dijo que en vez del municipio que queremos, vamos a pensar un poco en el municipio que tenemos, y lo que se formó fue bastante intenso.
Esa discusión del papel del municipio, que está consagrado en la Constitución, si ni siquiera hemos descentralizado las competencias todavía, por dónde vamos a encaminar de qué será realmente capaz el municipio, eso hoy está en una tensión, porque hoy por hoy, no tiene ni capacidad para gestionar sus proyectos de cooperación internacional, tiene que estar mediado por la provincia. Hay montones de capacidades y competencias que el municipio debería tener que todavía no tiene, aunque en el espíritu, en la voluntad, está que el esté descentralizado y sea el territorio fundamental de gestión de la política.
Esas son cosas por las que creo que habría que empezar, pero no solo para cumplir una ley, una normativa, una disposición; es importantísimo comprender que con estas discusiones de normativas estamos disputando la ideología de un proyecto, y estamos colocando en la gente la discusión sobre lo que merecemos como pueblo, las deudas que nos tenemos, y cómo alcanzar más rápido eso que hemos acordado son las metas de la sociedad que hemos construido.
José Walter Mondelo García: Concuerdo plenamente con lo que ya ha manifestado Yan, en el sentido de que la Constitución tiene que judicializar, los tribunales cubanos tienen que comenzar a mirar el Derecho partiendo de la Constitución, y comenzar a pensar sus decisiones y sus fallos a partir de su coherencia con los valores, los principios y los preceptos constitucionales. Eso requerirá también pensar en un mecanismo o un sistema de control constitucional efectivo, porque no lo tuvo la Constitución del 76, en cuarenta y pico de años de vigencia; no se declaró nunca la inconstitucionalidad de ninguna norma jurídica de ningún rango, y eso deja mucho que desear de un instrumento tan efectivo como ese para garantizar la coherencia del orden jurídico y la Constitución.
La Ley de los municipios es vital; la Constitución de 1901 demoró dos años en generar una Ley de municipios; en 1903 ya existía en Cuba una Ley de municipios; claro, eso tenía mucho que ver con todas las cuestiones del regionalismo y las cuotas de poder que se estaban estableciendo en los diferentes sectores territoriales de Cuba, por provincias, por territorios, por regiones, etcétera. Ciertamente, sin un poder local, sin la comprensión, convicción, y compromiso del ciudadano con lo más cercano que tiene, su circunscripción, su barrio, su consejo popular y su municipio; sin la convicción de que su participación es la que decide esos asuntos, me parece que vamos a seguir repitiendo los mismos errores y cayendo en los mismos barrancos. Ya hemos tenido bastantes años para pensar en cómo salir de eso.
Entonces, resumiendo, judicialización de la Constitución, un sistema de control constitucional, una Ley de municipios, y una cultura constitucional que tenemos que crear de todas maneras, porque sin ella no se va a hacer realidad la promesa ni el camino que traza la Constitución.
Rafael Hernández: Esperamos que este intercambio entre los treinta y cinco que han estado de manera presencial y remota conectados, con las siete intervenciones del público y las excelentes reflexiones del panel, pueda resultar útil para la política. Muchísimas gracias a todos por estar aquí.
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Temas es una publicación trimestral, dedicada a la teoría y el análisis de los problemas de la cultura, la ideología y la sociedad contemporánea.
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